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Carta Porte

El proyecto de Carta de Porte sumó seis intentos de ponerla en vigor, desde que el gobierno anunció su implementación hace poco más de dos años, bajo nuevos parámetros que acrediten la propiedad de la carga en cualquier modo de transporte.

 

La prórroga más reciente enuncia como nueva fecha de entrada en vigor el próximo 31 de julio, si se logra asegurar un modelo fiscal efectivo para el movimiento de carga, que incluiría 72 requisitos para validarse por la base de datos del SAT.

 

Felipe de Javier Peña Dueñas, presidente de la Comisión de Transportes de la Concamin, dijo se retomarán las mesas de diálogo con funcionarios del SAT, para realizar las evaluaciones a los sistemas de cómputo que ofrece el gobierno, así como los datos que solicitan.

 

“Trabajaremos en la reglamentación de embarques de logística inversa que consisten en que el hombre-camión reporte en el CFDI y en Carta Porte diversos bienes", dijo el directivo.

 

El SAT incluyó cambios en las reglas de Carta Porte para 2023, como son la convivencia de la versión CFDI 4.0 con la existente versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023, dijo.

 

Por su parte la dependencia ha venido argumentando que la Carta Porte es un documento de carácter declarativo que debe acompañar a las mercancías en el traslado por vías federales.

 

Entre la información que solicita está: origen y destino, tipo de mercancía y los derechos que se tienen sobre ésta, a fin de constatar que el producto es legal, combatir la informalidad y el contrabando.

 

Los contribuyentes que no cumplan con este requisito fiscal, serán acreedores a una multa que va de los 17,020 hasta los 93,330 pesos.

 

En caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán clausurar el establecimiento del contribuyente hasta por 15 días.

 

Si no expide o acompaña la documentación que ampare la transportación de la mercancía en territorio nacional, también se puede ser acreedor a una multa de 760 a 14,710 pesos.

 

Desde el 1 de enero de 2022, se ha aplicado prórrogas para que se ejecuten las sanciones a las personas que no emitan de forma correcta el CFDI de ingreso y traslado con complemento Carta Porte que ha tenido múltiples adecuaciones.

 

Fuentes consultadas por la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR) y la Comisión de Transporte de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) y Asociación Nacional del Transporte Privado (ANTP), coinciden que el SAT ha continuado trabajando, en el nuevo modelo de carta de porte, pero aún no está preparado para la implementación al 100% del documento.

 

El ente de fiscalización agregó que se va exigir a partir del 01 de agosto el declarar el folio fiscal (UUID) del CFDI de Carga Porte en actividades de comercio exterior.

 

Para conocer más de este documento está el siguiente link https://mexicoxport.com/wp-content/uploads/2023/02/Preguntas_frecuentes_CartaPorte-25-ene-2023.pdf

 

 El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) estimó que son 14 millones de contribuyentes que trasladan mercancías por todo el país.

 

Agregó que apenas un 0.4% estarían generando la factura con Complemento Carta Porte.

 

Recordó que éste es un documento fiscal que no ha terminado de concretarse, y que los sectores de transportes terrestre, aéreo, marítimo o férrea deben cumplir pues requisito para seguir operando, pero sin aplicarles multa o sanción por inconsistencias o errores.

 

Edna Herrera

 


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