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Busca nuevo reglamento eliminar ilegalidad en arrastre de autotransporte

El autotransporte de carga contará con una nueva regulación para grúas y servicios auxiliares de arrastre, operación, y depósitos, así como permisos, en busca disminuir la ilegalidad y arbitrariedades en el costo de los servicios.

 

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), publicó la última versión del proyecto, el cual puso a disposición de las organizaciones y empresas de transporte, así como de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), con el fin de obtener sus puntos de vista.

 

Tras la divulgación del Proyecto del Reglamento de Grúas, SICT podrá publicarlo en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

Jorge Nuño Lara, secretario de la SICT, dijo ante una convención de empresarios de la Canacar, la mayor central de carga del país, que dicha reglamentación está enfocada a regular tres tipos de servicio: arrastre, arrastre y salvamento, y depósito.

 

“Igualmente establecerá un tabulador para los cobros, considerando para su cálculo criterios como el tipo de vehículo, maniobra, longitud en la que se otorga el servicio, entre otros factores”.

 

En tanto el Área Jurídica de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR) informó en sus redes que sigue revisión y análisis del proyecto.

 

Con el fin de disminuir la ilegalidad en dichos servicios, la SICT y la Guardia Nacional se coordinarán en la vigilancia, verificación e inspección de los servicios en base a este reglamento.

 

Además, la nueva normatividad elimina la obligación del permisionario de emitir el Complemento Carta Porte, mientras el límite de edad para los vehículos que presten el servicio de grúas será máximo de 20 años.

 

La Conamer revisó la simplificación de requisitos y procedimientos en 78 trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, con énfasis en 12 de ellos, que concentran el 80 % de solicitudes de atención: Altas (5), Bajas (5) y Licencias (2).

 

Costos y obligaciones

 

Con el nuevo reglamento, además de la Dirección General de Autotransporte Federal, podrán expedir los permisos en todo el país, los Centros SICT, o bien, la Dirección del Centro Metropolitano.

 

Para la operación de los servicios de arrastre, las grúas deberán cumplir con la NOM-053-SCT-2-2010, mientras deberán contar con todos los equipos de señalización vial preventiva para el control de tránsito, banderolas, barreras, conos, tambos, lámparas intermitentes, linternas.

 

Cada servicio de arrastre deberá ser reportado obligatoriamente a la Guardia Nacional, de no hacerlo, se sancionará de acuerdo con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

 

En cuanto a los depósitos para vehículos de carga, éstos no podrán retener como garantía de pago de los servicios prestados, la carga, equipajes, herramientas, combustibles o bienes que se transporten en los vehículos.

 

Este nuevo reglamento también obligará a los permisionarios de arrastre, salvamento, y depósito de vehículos a manejar únicamente las tarifas máximas establecidas en el Sistema Informático de Registro de Servicios (SIRSE).

 

Aun cuando el nuevo reglamento sea publicado en el DOF, la Secretaría contará con un plazo de hasta dos años a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento para la implementación del SIRSE.

 

Daniel Zurita


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