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Directriz

El árbitro comercial del país rechazó la propuesta del gobierno para fijar tarifas máximas ferroviarias porque no representan una solución a los desafíos de eficiencia.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) expuso las consideraciones en materia de competencia y libre concurrencia acerca de la Directriz de Emergencia para el Bienestar de los Usuarios del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga.

 

El organismo realizó estas precisiones en el contexto del plan en contra de la inflación de Andrés Manuel López Obrador que pretende frenar la crisis económica, y que incluye el congelamiento de tarifas ferroviarias, lo que sería determinado por la citada Directriz técnica.

 

Previamente la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), exhortó a la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario (ARTF) a “establecer una metodología, fijar las contraprestaciones por los servicios de interconexión y las tarifas máximas en la prestación del Servicio Público del Transporte Ferroviario de Carga (SPTFC)”.

 

Ante ello, la Cofece informó que buscará “sostener una reunión con la Secretaría para comentar dichas consideraciones expuestas” en un documento, el pasado 3 de mayo.

 

Explicó que, acorde con el marco regulatorio vigente, para que la ARTF pueda fijar contraprestaciones en materia de interconexión, en su modalidad de derechos de paso, así como para el establecimiento de las bases de la regulación tarifaria, se requiere previamente de una declaratoria de la Comisión.

 

María José Contreras de Velasco, directora de Promoción de Competencia de COFECE, explicó que al vencer las concesiones actuales, será necesario reconfigurar la red con un diseño más equitativo para lograr que la red ferroviaria, funcione de manera articulada y promueva mayor competencia.

 

De acuerdo con las consideraciones de la tarjeta informativa JPR-AMMPC-B000221186, dirigida a la Comisión de Mejora Regulatoria (CONAMER), “la lógica detrás del mecanismo de regulación previsto en la normativa vigente, es que se fijen tarifas o contraprestaciones únicamente en los mercados en los que no existen condiciones de competencia”.

 

Es decir, que prevalezca la libertad tarifaria, salvo que no exista competencia y, por lo tanto, la prestación de los servicios no se dé en condiciones satisfactorias de calidad, eficiencia y precio.

 

De lo contrario, establecer una regulación generalizada sin un análisis de las condiciones de competencia podría distorsionar las decisiones de los concesionarios en toda la red sobre en qué términos ofrecer el servicio ferroviario y, por lo tanto, tener consecuencias contrarias a lo que pretende la Directriz.

 

Más aún, al ser una Directriz de emergencia cuya vigencia es de seis meses (prorrogable hasta por seis meses), la propuesta no representa una solución de largo plazo para los problemas de eficiencia y competencia en el servicio ferroviario de carga.

 

No obstante, las distorsiones generadas a las condiciones en las que se presta el servicio podrían tener efectos de larga duración.

 

 “En línea con la motivación de la Directriz, la COFECE ha señalado en diversas ocasiones la necesidad de que el SPTFC, se preste en condiciones de competencia efectiva por el impacto que este servicio de transporte tiene para el desarrollo de las cadenas logísticas y la productividad nacional".

 

De "no hacerlo podría implicar una obstrucción a la aplicación efectiva y coordinada de la normativa, facilitando violaciones a la misma y entorpecer la imposición de las medidas sostenibles y de largo plazo requeridas para procurar el bienestar de las familias mexicanas”, acotó el texto.

 

Edna Herrera 


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