Info-Transportes

Colaboramos con un sector estratégico para el país.

Loading Theme Customizer. Please wait...

Transportistas aseguran que será todo un reto cumplir con este requisito antes que entren en vigor las sanciones económicas.

A pocas semanas de entrar en obligatoriedad el complemento Carta Porte, el 97% de las pymes transportistas no cuentan con la infraestructura para cumplir con este requerimiento, además de que han mostrado retrasos en la logística, mayor burocracia y necesidad de contratar mayor personal, de acuerdo con la investigación realizada por la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR).

El complemento Carta Porte comenzó un periodo de adaptación que inició el 1 de enero 2022 y concluye el 30 de septiembre de 2022, durante este periodo no existirá ninguna sanción o inconveniente por tener errores o incluso por no tener el CFDI con el complemento Carta Porte correspondiente.

Posterior a dicha fecha, el incumplimiento de no tener el documento con Carta Porte, cuando sea requerido, conducirán a multas de hasta 97.000 pesos, además no se podrá demostrar la procedencia de la mercancía, por lo que se puede presumir ilícita, no será acreditable el servicio de transporte para deducción de ISR o IVA y en caso de reincidencia se  puede llegar a clausurar el negocio.

Al respecto, Alegra.com, la plataforma especializada en administración y facturación electrónica en la nube para MiPymes, brinda mayor información:

¿Cómo saber si estoy obligado a emitir el complemento Carta Porte?

  1. Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
  2. Si eres dueño de vehículos para transportar tus propios bienes y/o mercancías, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
  3. El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios.

¿Qué actividades económicas deberán usar el Complemento Carta Porte?

La actividad económica se reconoce con la clave del producto SAT que se usa al emitir las facturas. Se requerirá la emisión de CFDI de ingreso con complemento Carta Porte cuando sean traslados que recorren más de 30km de carretera federal y esté dentro de las siguientes actividades económicas.

  • Transporte de carga general y especializada.
  • Servicio de paquetería y mensajería.
  • Grúas de arrastre.
  • Grúas de arrastre y salvamento.
  • Depósito de vehículos.
  • Traslado de fondos y valores o materiales.
  • Residuos peligrosos.

En caso de ser transporte local y estar seguro de no recorrer más de 30 km en tramo federal, se debe que la clave de producto será 78101801 - Servicios de transporte de carga por carretera (en camión) en área local. Al utilizar una clave de producto distinta relacionada a las actividades anteriores deberá agregarse el complemento carta porte.

¿Qué pueden hacer las pymes para cumplir con la Carta Porte?

  1. Identificar si la operación requiere este complemento, por ejemplo si vende servicios de transporte o si tiene camiones para transportar mercancía.
  2. Verificar qué documento específico necesita, si es factura de traslado o ingreso con carta porte.

A fin de evitar sanciones de la autoridad, los contribuyentes que requieran presentar el complemento Carta Porte podrán apoyarse de las plataformas de facturación que les faciliten la captura de datos y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.