CIUDAD DE MÉXICO.- A partir de hoy, inició una transición de seis meses para transferir el control de los puertos marítimos a la Secretaría de Marina (Semar), luego de más de 50 años de desarrollo bajo la autoridad civil en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a través de las Administraciones Portuarias Integrales (API).
| Edna Herrera |
El cambio legal sobre el control de los puertos a favor Semar, se hizo efectivo hoy, con la publicación del Decreto en el Diario Oficial de Federación (DOF), con las reformas a las leyes de Puertos, Comercio Marítimo y de la Administración Pública, aprobadas en octubre pasado por el Congreso.
La publicación del Decreto se dio en el marco de la formalización de la designación de la capitana de altura Ana Laura López Bautista, como Coordinadora General de Puertos y Marina Mercante (CGPYMM) a partir ahora dependiente de la Semar, que este día anunció durante su conferencia, Andrés Manuel López Obrador.
El documento aparecido en el DOF indica que la Autoridad Marítima Nacional ejercida por Semar, tiene desde hoy a su cargo la protección y seguridad marítima y portuaria, el mantenimiento del estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas, puertos, recintos portuarios, terminales, marinas e instalaciones portuarias.
Le corresponde también regular las comunicaciones y transportes por agua, así como formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del sector marítimo y portuario.
Además asume facultades sobre la educación náutica mercante, la promoción y organización de la marina mercante y sobre el establecimiento de los requisitos del personal técnico, así como la concesión de licencias y autorizaciones.
De igual forma cuenta con la atribución de construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que se requieran, las obras marítimas, el dragado y, en su caso, autorizar la contratación de empresas, cuando sobrepasen las capacidades técnicas y operativas de la Semar en esas áreas.
Además adjudicará contratos, concesiones y permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua con embarcaciones o artefactos navales.
El decreto dispone que la dependencia coordine en los puertos marítimos y fluviales, las actividades y servicios marítimos y portuarios, los medios de transporte que operen en ellos y, los servicios principales, auxiliares y conexos de las vías generales de comunicación.
Dicho Decreto determina que la Marina ejercerá una administración centralizada de los puertos sobre los organismos paraestatales, otorgará concesiones y permisos para la ocupación de las zonas federales dentro de los recintos portuarios y fijará normas técnicas y tarifas.
La regulación de dichas tarifas, incluirán reglas de aplicación sobre maniobras y servicios marítimos, portuarios, auxiliares y conexos relacionados con todos los campos de actividad correspondientes, en coordinación con la Secretaría de Hacienda.
También inspeccionará embarcaciones y artefactos navales extranjeros, de conformidad con los tratados internacionales. Autorizará a inspectores de terceros, para que realicen la verificación y certificación del cumplimiento de las normas que establezcan los Tratados Internacionales y la legislación nacional.
Este decreto entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, tiempo en el cual se efectuará la transición administrativa entre SCT y Semar.
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