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Extienden plazo para emisión de facturas 2.0 y 3.0 en Carta Porte

En respuesta a la necesidad de facilitar la transición de los contribuyentes al complemento de la Carta Porte versión 3.0, el gobierno ha decidido extender la emisión de facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.

 

Esta medida, implementada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), tiene como objetivo proporcionar al transporte de carga el tiempo necesario para adaptarse a las nuevas disposiciones fiscales, asegurando la legalidad en la documentación relacionada con los insumos y su correspondiente traslado.

 

Acuerdo con la IP

 

Inicialmente, se había comunicado que el período de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 concluiría el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, tras negociaciones con cámaras, asociaciones y representantes del sector del transporte y comercio, incluyendo la Canacar y Concamin, se logró un acuerdo con el SAT.

 

Aunque las nuevas versiones aún no han sido implementadas, es importante tener en cuenta que las multas asociadas podrían alcanzar montos significativos. Dependiendo de la gravedad de las omisiones o errores en el llenado de las facturas, las sanciones podrían ascender hasta los 880.00 y 17,030.00 pesos.

 

No aplicarán multas

 

Es importante destacar que la prórroga para la no aplicación de multas y sanciones, según lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, llegó a su fin el 31 de diciembre de 2023. Esta medida afecta a aquellos contribuyentes que no hayan emitido sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con el complemento Carta Porte.

 

Además, desde el 1 de enero de 2022, el uso del complemento Carta Porte es obligatorio para personas físicas y morales que generen sus facturas electrónicas mediante servicios gratuitos de facturación del SAT y a través de Proveedores Autorizados de Certificación.

 

Obligatoriedad desde 2022

 

La versión 3.0 del complemento Carta Porte, lanzada por el SAT el 28 de septiembre de 2023 y vigente desde el 25 de noviembre de 2023, busca proporcionar confianza y certeza jurídica a los transportistas, contribuyendo a combatir el contrabando y el uso ilegal de los medios de transporte para actividades ilícitas en territorio nacional.

 

El complemento Carta Porte es de carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2022, como documento fiscal esencial que respalda el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías, incluyendo información detallada sobre el transporte, como ubicaciones de origen, puntos intermedios, destinos y el medio de transporte utilizado (aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte).

 

Por Daniel Zurita/ Síguenos en FacebookX y LinkedIn

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